miércoles, 27 de marzo de 2013

Primera Jornada Foresto Industrial Mendoza 2013


La Asociación de Empresarios Madereros y Afines de Mendoza (ADEMA) junto con la Dirección de Producción Forestal del MAGyP de la Nación a través de sus Técnicos Regionales para Patagonia Valles Irrigados y Cuyo, organizaron la Primera Jornada Foresto Industrial Mendoza 2013, que se realizó el 15 de marzo en la sala Enoteca del Auditorio Ángel Bustelo ubicado en la ciudad de Mendoza.
La jornada surgió como respuesta al trabajo en conjunto del sector industrial y de producción forestal con el objetivo de difundir alternativas en el uso de la madera trabajada con tareas silviculturales a campo y que permiten, en función de la calidad de la madera obtenida, ampliar sus usos y destinos.
La primera Jornada Foresto Industrial Mendoza 2013, que se denominó POSIBILIDADES FORESTO INDUSTRIALES PARA MENDOZA: MADERAS NACIONALES PARA VIVIENDAS Y TRATAMIENTO DE SUPERFICIE EN MADERA,  tuvo como disertantes al Ing. Agr. y Ftal. Martín Sánchez  Acosta de INTA Concordia, a la Arq. Paula Peyloubet de Conicet Córdoba, y al referente de la empresa Expo Color, Adrián Patricios. Los tres  disertantes contaron sus experiencias referidas a la construcción de viviendas de madera.

El Ing.  Sánchez Acosta disertó sobre la aplicación de los sistemas Wood Frame con maderas de eucalipto y pino. En cuanto a la Arq. Peyloubet, presentó la experiencia de construcción de casas con madera de álamo en Villa Paranacito, Entre Ríos con las que lograron obtener el Certificado de Aptitud Técnica (CAT) a nivel nacional, y la actual experiencia con el municipio de Concordia de la misma provincia. La empresa Expo Color nos brindó su gran conocimiento sobre tratamientos y productos para superficies de madera.
Valerio Oliva, Carlos Daparo, Pablo Oliva, Natalia Naves y Paula Peyloubet 
Si bien la jornada  técnica prevista era de un solo día, la agenda fue mayor, ya que durante el día jueves 14 de marzo se realizaron visitas a dos industrias mendocinas; Valerio Oliva, en donde  fueron recibidos por unos de sus dueños Pablo Oliva, quien  mostró de cerca la fabricación de vigas laminadas, mientras que la otra industria fue CESMA S.A, quienes se dedican  desde hace poco tiempo  a la construcción de casas estructurales de madera.

El día viernes en la mañana se realizó una reunión foresto industrial en las oficinas de ADEMA, donde estuvieron presentes el presidente de la Cámara Maderera de Río Negro y Neuquén (CAFEMA), Nazareno Olivetti;  los miembros del Directorio de ADEMA, entre otros el presidente Rodolfo Martín y el gerente Carlos Daparo; los Técnicos Regionales de la Dirección de Producción Forestal para Valles Irrigados y Cuyo (Mendoza), Ing. Ftal. Julio García e Ing. Agr. Natalia Naves; referentes  forestales de Patagonia, Ing. Agr. Norberto Serventi, y el Ing. Agr. y Ftal. Martín Sánchez Acosta del INTA de Concordia. 
Reunión en oficinas de ADEMA
La reunión tuvo como objetivo establecer una dinámica laboral conjunta entre ambas cámaras a nivel regional y de representatividad dentro de FAIMA, por las problemáticas y similitudes que se presentan en ambas cámaras y regiones en el sector foresto industrial.
Unos minutos antes de finalizar la reunión se sumaron representantes de la municipalidad de Maipú pertenecientes a la Dirección de Desarrollo Económico, quienes tuvieron gran interés en el tema de viviendas de madera.
La jornada del día viernes finalizó con las charlas brindadas por los tres disertantes, y un espacio posterior en el cual el público que asistió a la jornada tuvo la posibilidad de continuar la charla con cada uno de los disertantes.
Jornada Foresto Industrial Sala Enoteca

Fuente: Técnica Regional para Cuyo de la Dirección de Producción Forestal, Ing. Agr. Natalia Naves.

martes, 12 de marzo de 2013

San Rafael: Condiciones para ser un polo productivo forestal

 En visita a nuestra redacción, la extensionista forestal para Cuyo del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, Ing. Agr. Natalia Naves, dijo que San Rafael es óptimo para poner en funcionamiento la comercialización de forestales a gran escala.
Mendoza cuenta desde el año 2000 con la Ley Nacional N°25.080 de Inversiones en Bosques Cultivados, que otorga dinero para todos aquellos productores interesados en la forestación. Desde su puesta en marcha, en la provincia se han plantado 4.500 hectáreas pero se advierte una gran demanda insatisfecha de madera. Por su parte, señalan que el sur mendocino, y principalmente San Rafael, cuenta con condiciones óptimas para que esto se implemente, lo que además de otorgar beneficios, podría transformarlo en un polo productivo.
Natalia Naves, Técnica Regional del Área de Extensión de la Dirección de Producción Forestal del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, visitó el departamento y en dialogo con Diario San Rafael contó detalles de la Ley 25.080 y aseguró que aquí podría ponerse en funcionamiento la forestación a gran escala. “En San Rafael las condiciones están totalmente dadas para la plantación. Tanto el clima como el viento son perfectos en esta zona”, aseguró la Ing. Naves. Luego indicó: “La principal ventaja que tiene la forestación es que los productores van a cosechar un bien no perecedero, es decir que si no lo quieren vender por bajo precio u otro motivo, pueden dejar el árbol plantado”.
La Ley 25.080 es una importante herramienta de promoción que se encuentra al alcance del productor forestal. La misma tiene como objetivo aumentar la superficie forestada del país a través del otorgamiento de un monto determinado o apoyo económico no reintegrable al productor. Este valor depende de la especie a plantar, el material de plantación, el distanciamiento o densidad de plantación y la región geográfica donde se realice. El periodo de pago es de 18 meses aproximadamente luego de la plantación.
“En nuestra provincia los aserraderos requieren aproximadamente mil hectáreas de corte al año para la demanda industrial de madera y solamente la empresa Cuyo Placas requiere otras mil. Actualmente se está trayendo madera de otros lugares, con todo lo que eso significa en costos y demás. De esta manera, se advierte que existe mucha demanda insatisfecha de madera y eso hay que aprovecharlo”, destacó Natalia Naves.
La Ley aporta beneficios económicos para la plantación pagando el 80% de los costos y también para las labores culturales que son hasta tres podas y raleos. “Además, aporta beneficios fiscales porque libera al productor de algunos impuestos y le da estabilidad en otros”. Desde el año 2000 al 2012 la Ley ayudó a 476 productores de la provincia, muchos de ellos de San Rafael, logrando un total de 4.500 ha. La misma estará vigente por diez años más y “la especie que se planta tiene que ser con fin maderable y no admite dobles propósitos. En tanto que para cortar los árboles, la Ley estudia el promedio de años por zona y especie hasta el turno de corte”, manifestó la especialista.
Finalizó diciendo: “El potencial forestal del oasis sur tanto en modelos silvícolas (forestales) y modelos mixtos silvopastoriles (silvícolas, pasturas, ganaderos) es cada vez mayor debido a que constituye una alternativa de diversificación agrícola; puede acompañar al crecimiento de la ganadería bajo riego, realizando sistemas coasociados de plantación entre alfalfa y bosque en baja densidad, árboles plantados como cortinas forestales; no hay cultivos tradicionales que estén funcionando de manera óptima debido a las altas probabilidades de granizo y de heladas que hay en el sur”.

Fuente: Diario San Rafael francisco_terre@hotmail.com

miércoles, 9 de enero de 2013

Leyes de Ordenamiento Territorial provinciales

Ordenamiento Territorial
Leyes Provinciales

La Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para Bosques Nativos Nº 26.331 establece que cada Provincia deberá realizar el Ordenamiento de los Bosques Nativos existentes en su territorio de acuerdo a los criterios de sustentabilidad establecidos en dicha ley, estableciendo las diferentes categorías de conservación en función del valor ambiental de las distintas unidades de bosque nativo y de los servicios ambientales que éstos presten.
Por su parte, la Ley Nº 26.432 de Prórroga y Reforma de la Ley Nº 25.080 sustituye el artículo 4º de la Ley 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados, por el siguiente:
Articulo 4º.- Entiéndase por bosque implantado o cultivado a los efectos de esta ley, el obtenido mediante siembra o plantación de especies maderables nativas y/o exóticas adaptadas ecológicamente al sitio, con fines principalmente comerciales o industriales, en tierras que, por sus condiciones naturales, ubicación y aptitud sean susceptibles de forestación o reforestación según lo indicado en el ordenamiento territorial de Bosques Nativos adoptados por Ley Provincial según lo establecido en la Ley N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para Bosques Nativos.
Esta definición de bosque implantado determina que los emprendimientos de plantación y/o enriquecimiento de bosque nativo, presentados desde el año 2010 en adelante sólo podrán obtener los beneficios previstos por la Ley Nº 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados, modificada por su similar Nº 26.432, en aquellas Provincias que hubieran dictado sus respectivas Leyes de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos.

El siguiente cuadro ha sido realizado por integrantes de las Áreas Legal y SIG de la Dirección de Producción Forestal del MAGyPen base a la vinculación expuesta precedentemente entre Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para Bosques Nativos Nº 26.331 y la Ley de Inversiones para Bosques Cultivados Nº 25.080, cuya prórroga y reforma es la Ley Nº 26.432.
El mismo proporciona la información correspondiente a las leyes de Ordenamiento Territorial provinciales, fechas de vigencia, Autoridades de Aplicación e información de contacto. Las provincias con asterisco (*) no poseen ley en vigencia. La Provincia de Tierra del Fuego no está adherida a la Ley Nº 25.080.




Provincia
Ley Provincial OT
Vigencia
Autoridad de Aplicación Provincial
Información de Contacto
Buenos Aires*
-
-
Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) Dirección de Recursos Naturales
Catamarca
Ley N° 5311
21/09/2010
Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable
Chaco
Ley N° 6409
24/09/2009
Subsecretaría de Recursos Naturales - Ministerio de Planificación y Ambiente
Chubut
Ley N° XVII-92
17/06/2010
Dirección General de Bosques y Parques - Subsecretaría de Recursos Naturales
Córdoba
Ley N° 9814
05/08/2010
Dirección de Áreas Protegidas, Bosques y Forestación - Secretaría de Ambiente - Ministerio del Agua, Ambiente y Energía
www.secretariadeambiente.cba.gov.ar
Corrientes
Ley N° 5974
27/05/2010
Dirección de Recursos Forestales - Ministerio de la Producción Trabajo y Turismo
Entre Ríos*
-
-
Dirección General de Recursos Naturales – Ministerio de la Producción
-
Formosa
Ley N° 1552
26/06/2010
Subsecretaria de Recursos Naturales, Ordenamiento y Calidad Ambiental - Dirección de Recursos Naturales y Gestión - Ministerio de Producción y Ambiente
Jujuy
Ley N° 5676
14/04/2011
Secretaría de Gestión Ambiental Secretario
La Pampa
Ley N° 2624
16/06/2011
Dirección de Recursos Naturales – Subsecretaría de Asuntos Agrarios - Ministerio de la Producción
La Rioja
Ley 9188
03/05/2012
Secretaría de Ambiente – Unidad de Coordinación Técnica Interinstitucional
Mendoza
Ley N° 8195
14/07/2010
Dirección de Recursos Naturales Renovables - Secretaría de Medio Ambiente
www.ambiente.mendoza.gov.ar
Misiones
Ley XVI – Nº 105
02/09/2010
Dirección General de Bosques Nativos, Ministerio de Ecología, Recursos Naturales Renovables y Turismo
Neuquén
Ley N° 2780
22/12/2011
Subsecretaría de Producción y Desarrollo Económico - Ministerio de Desarrollo Territorial
www.desarrollandonqn.gov.ar
Río Negro
Ley N° 4552
08/07/2010
Unidad Ejecutora Provincial de ProteccióndeBosquesNativos - Dirección de Gestión Ambiental - Secretaria de Medio Ambiente y Director de Bosques, Fauna y Manejo del Fuego – Ministerio de Producción
Salta
Ley N° 7543
16/12/2008
Secretaria de Ambiente - Ministerio de ambiente y Desarrollo Sustentable
San Juan
Ley N° 8174
03/01/2011
Dirección de Conservación y Áreas Protegidas
www.ambiente.sanjuan.gov.ar
San Luis
Ley N° IX-0697-2009
16/12/2009
Ministerio de Medio Ambiente
Santa Cruz
Ley N° 3142
17/08/2010
Dirección General de Recursos Naturales, Consejo Agrario Provincial
Santa Fe*
Decreto N° 42/09 (1ra Etapa)
26/01/2009
Secretaría de Medio Ambiente - Dirección General de Recursos Naturales
-
Santiago del Estero
Ley Nº 6.942
17/03/2009
Dirección General de Boques y Fauna - Ministerio de la Producción, Recursos Naturales, Forestación y Tierras
Tierra del Fuego
Ley N° 869
25/04/2012
Dirección General de Bosques - Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente
desarrollosustentable.tierradelfuego.gov.ar/bosques
Tucumán
Ley N° 8304
30/06/2010
Dirección de Flora, Fauna Silvestre y Suelo - Subsecretaría de Asuntos Agrarios y Alimentos - Ministerio de Desarrollo Productivo